Nuevo Reglamento de la Ley de Caza: Respuesta a Consulta

Nuevo Reglamento de la Ley de Caza: Respuesta a Consulta


La Directiva del Colegio Médico Veterinario recibió una consulta de una colegiada el lunes 27 de enero del presente año, con respecto al nuevo reglamento de la ley de caza que menciona la captura o eliminación de perros bravíos.

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Luego de agradecerla, toda vez que ella, en la forma que es planteada, entendemos abre espacios adecuados para intercambiar opiniones en torno a este tema u otros relacionados, lo cual, con lamentable frecuencia ello no ocurre, el tenor de la respuesta fue el siguiente: La información que dispone el Colegio que represento indica que ese día fue aprobado el Decreto Nº 65 del 21 de noviembre de 2013, el cual quedó totalmente tramitado el 14 de enero del presente año. Mediante dicha disposición, se aprueba la modificación del Reglamento de Ley de caza de 1988, la que entre sus considerandos establece que se hace necesario introducir modificaciones al decreto de 1988, incluyendo entre los animales dañinos a las jaurías de perros salvajes o bravíos, autorizándose su caza o captura en las condiciones que se establecen. Según la norma vigente se consideran “perros salvajes o bravíos los que se encuentran en jaurías, fuera de las zonas o áreas urbanas y de extensión urbana, a una distancia superior a los 400 metros de cualquier poblado o vivienda rural aislada, los que deberán capturarse o cazarse en los términos establecidos en la ley y el presente reglamento”. En la misma disposición se señala que “los métodos que se autoricen deberán evitar el sufrimiento innecesario de las especímenes y resguardar la seguridad de las personas”. Asimismo, que “el Servicio establecerá el tipo de trampas autorizadas para el control de los animales declarados dañinos”. Sobre este punto nos hemos dirigido al Servicio Agrícola y Ganadero para obtener información oficial sobre los métodos de eliminación autorizados. Es de público conocimiento la posición del Colegio Médico Veterinario en cuanto a que respaldamos el que se reglamenten adecuadamente las acciones de control sobre bienestar animal de todo espécimen, sean en ambientes rurales o urbanos, incluidos los perros abandonados, debiendo ellas adecuarse cuando los animales se encuentran en un ambiente que no les corresponde. Ello, por ejemplo se refleja en las observaciones que como Colegio hemos hecho en el caso del proyecto de ley sobre tenencia responsable actualmente en discusión. Reiteramos entonces que, de manera alguna debe interpretarse que nuestro Colegio respalde u apoye bajo ninguna circunstancia la matanza indiscriminada de animales, como en ocasiones ha llegado a insinuarse. Muy por el contrario, tal como en el pasado y el presente, continuaremos apoyando e iniciando acciones en el campo de nuestra competencia, contra quienes actúen de esta forma cuando ello ocurra. Por otra parte, el Colegio respalda decididamente el accionar técnico de nuestros colegas en las intervenciones que sobre este tema hemos conocido durante su desempeño institucional en entidades de servicio e investigación, lamentando que en oportunidades se les hagan imputaciones que no corresponden a la realidad. Finalmente, reiteramos una vez más la mayor disposición de nuestro Colegio por participar y gestionar espacios de diálogo y discusión en términos tales que ellos generan actitudes y propuestas que contribuyan al fortalecimiento de la salud pública, el bienestar animal y la protección del medio ambiente. De usted muy atentamente. Eduardo Álvarez P. Presidente Nacional Colegio Médico Veterinario de Chile
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