Reducen la Lista de los MER en el Caso de los Países con Riesgo Insignificante de EEB
Ha sido publicado en el DOUE el Reglamento (UE) nº 2015/1162 de la Comisión, de 15 de julio de 2015, que modifica el anexo V del Reglamento (CE) Nº 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles, que pueden consultar en la sección Legislación de eurocarnedigital.
Dicho Reglamento ha venido a reducir la lista de materiales específicos de riesgo (MER) en vacuno al cráneo, cerebro, ojos y médula espinal en aquellos animales que son mayores de 12 meses. Sin embargo esta clasificación tan solo es aplicable a los Estados miembros de la UE que hayan sido calificados de riesgo insignificante frente a la EEB por parte de la OIE.
España no se encuentra en dicho listado y es considerada, junto a otros países como Alemania, Canadá o Reino Unido, como un país con el riesgo de EEB controlado.
Fuente: Eurocarne Digital, 20/07/2015